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La óptica debe registrar como mínimo los ficheros de Pacientes y Empleados y si tiene cámaras con grabación en el establecimiento, uno de Videovigilancia.
Trata datos de salud, que tienen el nivel más alto de protección.
Las medidas de seguridad de nivel alto se deben aplicar tanto a los datos en formato manual, libro de prescripciones ópticas ,ordenes de trabajo, facturas, etc... como a los informatizados: programas de gestión, texto o imágenes.
El Documento de seguridad debe estar actualizado y reflejar los cambios que se produzcan, llevar los libros de registro de incidencias y entradas y salidas de soportes (entre ellos la copia de seguridad semanal, que debe guardarse fuera de la óptica) y contener los controles periódicos exigidos por la Ley.
Cada dos años hay que hacer auditorías de todo el sistema e instalaciones.
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